Compliance penal
La introducción de la responsabilidad penal de la Persona Jurídica en la reforma del Código Penal del año 2010 (L.O. 5/2010) puso de relevancia la creciente importancia que la legislación está adquiriendo en el ámbito empresarial español.
El nuevo Código Penal, que entró en vigor el 1 de julio de 2015 contempla importantes novedades:
- Reconocimiento expreso como circunstancia eximente, y no solo atenuante, para un modelo de prevención adecuado.
- Nuevos delitos contra el representante legal o administrador, de hecho o de derecho, de cualquier persona jurídica o empresa, por el incumplimiento del deber de vigilancia y control, pudiendo ser sancionado con prisión o multa e inhabilitación para el ejercicio de la industria o comercio.
A pesar de que existen circunstancias eximentes, un modelo que se vende con este precepto es de por si defectuoso. Se sabe que es mejor prevenir que curar, y nuestros consultores expertos pueden ayudar a tu organización a implementar un modelo de prevención de delitos a la medida de sus necesidades, y definirá mecanismos conjuntas para mantener el modelo actualizado y al día, que es dónde realmente reside el valor añadido.
Te ayudaremos a:
- Mapear los riesgos.
- Establecer políticas y procedimientos.
- Implementar controles.
- Establecer una estructura de seguimiento.
- Formar y evaluar a los empleados.
- Evaluar periódicamente la eficacia del modelo adoptado.
- Implementar y gestionar un canal de denuncias.
- Implementar un sistema de gestión (ISO37301, UNE 19601 ISO37002)
Contáctanos hoy y te contaremos no solo proteger tu organización, sino como añadirle valor con un buen sistema de compliance.